Así pues, la Ley de Ordenación del Comercio
Minorista recoge que las ventas en rebajas podrán tener lugar en los periodos estacionales
de mayor interés comercial , según el criterio de cada comerciante. La duración
de cada periodo de rebajas será decidida libremente por cada comerciante.
Según la OMIC , de acuerdo con la
modificación realizada , se ha de tener en cuenta que el periodo de rebajas,
tanto su inicio como su final, debe exhibirse en un sitio del
establecimiento visible al público, incluso cuando esté cerrado.
La cantidad de artículos
rebajados será la mitad de los que ofrece el comercio, no obstante, los
artículos rebajados deben estar bien identificados y diferenciados del resto.
Los productos rebajados deben haber estado incluidos
con anterioridad entre los
productos de la oferta habitual del comercio, aunque ahora ya no durante el
mes previo.
En definitiva, las rebajas
son un tipo de venta especial que tiene que seguir ajustándose a unos
requisitos a observar por los establecimientos.
Desde la OMIC de Crevillen, según señala su concejal Juan
Carlos Penalva, se recomienda a los consumidores que comparen los precios
y que el precio rebajado tiene que constar siempre junto al precio no rebajado,
tanto en el
escaparate como en el
interior del establecimiento. Se puede sustituir esta información por el
porcentaje de reducción de precios en cada bien o servicio.
Respecto a la garantía, al igual que ocurre en épocas fuera de rebajas, los
productos nuevos tienen garantía de dos años, los de segunda mano de uno, y el
establecimiento está en la obligación de aceptar la devolución si tiene un
defecto de fabrica. Si el consumidor quiere devolver el artículo por otros
motivos, los comerciantes son libres de aceptarlo o no. Pero, si durante el
resto del año admite esa opción y en rebajas no, debe anunciarlo claramente a
los
consumidores.
Otra recomendación es que
el consumidor pida y conserve todas las
facturas o tickets de compra, puesto que son la garantía y los pueden necesitar en caso de reclamación. Asimismo
la publicidad es vinculante y puede exigir su cumplimiento.Por lo tanto,
se debe guardar la publicidad del producto junto con
sus características, las
instrucciones , los catálogos comerciales, etc.
En caso de presentar una
reclamación, la OMIC
informa que los establecimientos
disponen de hojas de reclamaciones, y podrá presentarla en la Oficina Municipal
de Información al Consumidor en calle Ribera s/nº
Finalmente la OMIC recuerda que es garantía
escoger para su compra una empresa que esté adherida al Sistema Arbitral de
Consumo. Esta información la facilita la Oficina de Consumo, pudiendo en su caso solicitar
un arbitraje.
Ayuntamiento
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