lunes, 12 de enero de 2015

SUMA confirma que no puede aplicar un gravamen diferente en el IBI según el barrio donde está la vivienda, como pedían los grupos de la oposición

El organismo SUMA Gestión Tributaria ha confirmado al Ayuntamiento de Crevillent que no puede aplicar un gravamen diferente en el IBI ,según el barrio donde se encuentra la vivienda, tal como en su momento pidieron los grupos de la oposición . Mª Carmen Candela concejal de Hacienda explicaba que en su momento los grupos de la oposición plantearon dudas sobre las posibilidades de bonificación del IBI e incluso argumentaron sobre la injusticia que suponía el pago del IBI, al pagar todos igual sin tener en cuenta ciertos criterios como la urbanización de las calles o los servicios con que cuentan las mismas. Por ese motivo, el Ayuntamiento pidió a SUMA Gestión Tributaria un informe aclaratorio sobre la posibilidad legal de los ayuntamientos de modificar el tipo de gravamen del IBI, en función de los barrios, teniendo en cuenta el nivel de urbanización para reducir la carga fiscal.  El informe de SUMA es taxativo en cuanto determina que no cabe, según la Ley reguladora de las Haciendas Locales, la aplicación de un tipo de gravamen diferente para cada vivienda, teniendo en cuenta  el nivel de urbanización de los barrios, porque eso ya se tiene en cuenta a la hora de fijar el valor del suelo en el valor catastral de las viviendas.

En la solicitud de informe también se pidió por parte del Ayuntamiento a SUMA aclaración sobre la posibilidad de bonificar subjetivamente a los titulares de las viviendas sujetas a IBI, teniendo en cuenta sus niveles de renta (pensionistas, renta garantizada, minusválidos, desempleados…), y el informe determina que no se pueden otorgar bonificaciones de manera subjetiva, distintas de las expresamente previstas en la Ley, entre las que no se recogen las bonificaciones por nivel de renta.

Por lo tanto, Candela indica que con este informe quedan totalmente aclaradas las dudas planteadas por los grupos de la oposición sobre la modificación del tipo de gravamen y la posibilidad de bonificaciones subjetivas, cuestiones que en su momento ya aclaró el Alcalde y que ahora quedan respaldadas jurídicamente con este informe.

Además desde la Concejalía de Hacienda y en base al padrón del IBI que gestiona SUMA, se ha realizado una comparativa sobre viviendas con una superficie construida de 90 m2, de la que se extrae que no existe agravio entre las viviendas, puesto que el valor catastral de la vivienda, por el que se paga el IBI, sí que tiene en cuenta el nivel de urbanización y la antigüedad de la misma. 

Así se ve en el cuadro comparativo según las siguientes zonas: 


CUEVAS ZONA ÁNGEL, SALUD, ARBRETS.
69,2175€


CUEVAS ZONA CALVARIO.
62,18€


PEDANIAS
44,8475€


RONDA SUR.
157,135€


FONTENAY.
245,48€



La concejal de Hacienda afirma que  sí se tiene en cuenta a la hora de determinar el valor catastral de las viviendas, el nivel de urbanización y la antigüedad de la construcción de las viviendas.

El IBI es un impuesto real que se calcula según el valor del bien inmueble, por lo que no tiene en cuenta las situaciones personales, salvo las determinadas expresamente por la ley, como el caso de las familias numerosas. Para gravar con impuestos la capacidad económica y los niveles de renta, el sistema fiscal español tiene otros impuestos, como el Impuesto sobre la renta  de las personas físicas, o el IVA con el tipo máximo que se aplica a la compra de bienes de alto poder adquisitivo.

Ayuntamiento

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