lunes, 10 de junio de 2013

PSOE presenta un escrito de queja al Sindic por la reducción del número de horas de la unidad de SVB

El pasado Miércoles día 5 de Junio fue presentado por parte del Secretario del PSOE de Crevillent , Fco. Javier Asensio ( acompañado por el Portavoz Municipal Cayetano Mas y por la secretaria comarcal de Políticas Sociales Gemma Asencio ), un escrito de queja ante el Sindic de Greuges en relación a la reducción del número de horas de servicio de unidades de Soporte Vital Básico ( SVB ),  que en concreto para Crevillent a supuesto la supresión de este servicio en horario nocturno y de lunes a viernes , pasando a depender del servicio de Elx , en el caso de que esté libre . 

Teniendo en cuenta que en Elx y en la misma franja horaria también han sufrido la supresión de otra ambulancia de Soporte Vital Básico ( SVB ), la consecuencia es que para una población de 230.000 habitantes el recorte del servicio por parte de la Generalitat Valenciana es de un 50%.


 Siendo el indicador más importante de calidad y eficacia del servicio el tiempo que transcurre entre la llamada y la presencia de la ambulancia en el lugar donde es requerida, y sabiéndose que  dependiendo de la rapidez del servicio el índice de mortalidad durante las emergencias sanitarias puede incrementarse un 20%, el escrito de queja  ha  expuesto que  debe de valorarse la extensión del término municipal y las vías por las que debe circular el vehículo de emergencias y que por tanto en Crevillent  es posible que el SVB pudiera tardar 20 o 25 minutos en llegar a  algunas partidas rurales donde miles de crevillentinos viven durante gran parte del año.

En el escrito de queja también se analiza el desmantelamiento en Alicante de los Centros de Información y Coordinación de Urgencias ( CICU ), centralizando sus competencias en Valencia en la plataforma 112 y que podría suponer un incremento de 4 minutos del tiempo de respuesta ante  una emergencia.

Respecto a la argumentación jurídica el punto segundo se basa en lo recogido en el art. 43.2 de la Constitución '' compete a los poderes públicos organizar y tutelar la salud pública a través de medidas preventivas y de las prestaciones y servicios necesarios'', también en el punto primero se recuerda que la normativa sanitaria de la comunidad Valenciana obliga a disponer de recursos suficientes y adecuados para atender las necesidades de los ciudadanos valencianos en materia de salud y por tanto se solicita a la Sindicatura de Greuges a que promueva la apertura de una  una investigación que examine los hechos denunciados y como consecuencia inste a la Generalitat Valenciana al cumplimiento de sus obligaciones.





PSOE

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