La Oficina Municipal de Información al Consumidor , OMIC, informa al consumidor de las
recomendaciones que tiene que tener en cuenta a la hora de planificar sus vacaciones estivales y de los derechos que
frece la legislación eurpea. .
Para viajes organizados, la
legislación de la UE
establece la obligación del organizador del viaje de ofrecer información exacta
sobre el paquete propuesto, en especial sobre el transporte, el alojamiento, la
pensión alimenticia, el itinerario y los requisitos en materia de seguro.
Los
organizadores deben indemnizar al consumidor si sus vacaciones no se ajustan a lo prometido
en el folleto. Por otro lado, si el organizador quiebra mientras el usuario está
de vacaciones, debe haber dispuesto lo necesario para que pueda volver a casa.
Por otra parte, el cliente tiene derecho a anular su reserva si, por
ejemplo, la empresa modifica sustancialmente las condiciones esenciales del
viaje organizados, como las fechas de las vacaciones o el precio.
Respecto
al transporte aéreo, el Reglamento 261/2004 y el Convenio de Montreal
establecen que para los grandes retrasos, si el vuelo lleva un retraso
considerable, la compañía aérea debe ofrecer al cliente comida y bebida,
alojamiento en un hotel (si fuese necesario) y posibilidades de comunicación.
Asimismo, la compañía aérea debe proporcionar una declaración por escrito de los
derechos como pasajero.
Si
el retraso es de cinco horas o más, la compañía además debe reembolsar el importe del billete, sólo si el
cliente decide no tomar el vuelo que ha sufrido el retraso. La indemnización
económica está contemplada siempre y cuando la aerolínea no pueda demostrar que
lo ocurrido responde a circunstancias excepcionales.
En cuanto al exceso de reservas (overbooking), si el número de pasajeros con billete
es superior al de asientos disponibles, en primer lugar la compañía aérea debe
tratar de encontrar voluntarios que estén dispuestos a ceder sus asientos. Sólo
entonces, la compañía puede decidir no llevar a bordo a determinados pasajeros.
En ese caso está obligada a ofrecer una indemnización económica a los pasajeros
afectados, que tienen derecho a disponer de comida y bebida, alojamiento en
hotel (si fuese necesario), posibilidades de comunicación y una declaración por
escrito sobre sus derechos como pasajeros.
Cuando hay pérdida de equipaje, el consumidor puede solicitar una indemnización por la
destrucción, los daños, la pérdida o el retraso de su equipaje en un vuelo a
bordo de una compañía aérea de la
UE en cualquier lugar del mundo. Ante cualquiera de las
circunstancias mencionadas, hay que
recordar solicitar el PIR (Parte
de Irregularidad de Equipaje) antes de salir del aeropuerto. Este documento
deberá enviarlo junto con la reclamación en el plazo de 7 días desde ocurrida
la incidencia, y en el plazo de 21 días si se trata de una pérdida.
En caso de cancelación, si
el vuelo se cancela por razones sujetas
al control de la compañía aérea, ésta debe reembolsar el importe del billete o
proporcionar una forma alternativa de transporte hasta su destino final. En
determinadas circunstancias, y siempre que la cancelación no obedezca a un caso
de fuerza mayor, la compañía debe indemnizar económicamente. También debe
ofrecerle comida y bebida, alojamiento en hotel (si fuese necesario),
posibilidades de comunicación y una declaración por escrito sobre los derechos
como pasajero.
Para los que viajan con
animales, la OMIC
recuerda que es otra
opción a la hora de viajar y ahora es fácil llevar consigo un animal de
compañía cuando se viaja de un país a otro de la UE. Por lo que respecta a
los gatos, los perros o hurones, la mayoría de los países de la UE disponen de legislación armonizada
a escala de la UE,
por lo que lo único que hay que hacer es asegurarse de que el animal:
·
ha
sido vacunado contra la rabia con una vacuna válida;
·
lleva un transponder electrónico o un tatuaje
legible;
·
Ir
acompañado de un pasaporte para animales de compañía, que puede expedir su
veterinario.
Si
el consumidor desea viajar con su animal de compañía en avión, es esencial que
lo comunique a la compañía aérea antes de reserva el billete.
No
todas las compañías aéreas aplican las mismas condiciones en lo relativo al
transporte de mascotas, pero, por lo general, le pedirán que:
·
lleve
al animal en una caja o jaula de viaje segura;
·
verifique que el animal lleva todas las
vacunas, certificados y permisos de entrada necesarios para el país al que
viaje;
·
se
cerciore de que el animal está cómodo y dispone de espacio suficiente en la
jaula o la caja, así como de comida y agua suficiente para el trayecto.
El
coste de viajar con animales puede variar de un país a otro y de un medio de
transporte a otro. No obstante, deberá pagar los honorarios de su veterinario
por la expedición del pasaporte para animales de compañía y cualquier
tratamiento necesario.
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