Tal y como
informa Bankia en su página web, los clientes que decidan presentar solicitud
de admisión, deberán dirigirse a su
oficina bancaria y rellenar el formulario previsto para tal fin.
A partir de
tal presentación, el Banco analizará la solicitud y documentación y comunicará
al cliente reclamante si ha sido aceptado o no al arbitraje, formalizando en
caso positivo el convenio arbitral que será remitido a la Junta Arbitral
Nacional para iniciar el procedimiento arbitral.
Los criterios
básicos determinados por la
Comisión de Seguimiento de
Instrumentos
Híbridos de Capital y Deuda Subordinada se pueden encontrar en la página:
http://www.frob.es/notas/notas.html
También se ha
publicado en el BOE de ayer, Resolución de la Comisión Rectora
del FROB, por la que se acuerdan acciones de recapitalización y de gestión de
instrumentos híbridos y deuda subordinada en ejecución del Plan de
Reestructuración de Grupo BFA-Bankia, aprobado el 27 de noviembre de 2012 por
el Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria y el Banco de España y el 28 de
noviembre de 2012 por la
Comisión Europea :
http://www.boe.es/boe/dias/2013/04/18/pdfs/BOE-A-2013-4113.pdf
Ayuntamiento
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