viernes, 2 de agosto de 2013

Los miembros de Compromís condenados por la protesta en Bankia recurrirán

Las abogadas de los miembros de Compromís condenados por protestar ante una sede de Bankia en Crevillent han presentado un recurso de apelación contra la sentencia porque consideran que no se han tenido en cuenta las pruebas que exculpaban a los acusados y, además, tampoco se han respetado las garantías procesales de estas personas.

De los cuatro miembros que fueron juzgados el pasado 17 de julio en la Ciudad de la Justicia de Elx La jueza absuelve a Juan Bautista Poveda Coves y a David Quesada Asencio y declara culpables a Pasqual Mollà e Ignasi Candela. Pero la defensa pide que los dos sean absueltos, dado que el juicio no se ha llevado a cabo con todas las garantías, que ha habido error en la apreciación de las pruebas y se han denegado pruebas de defensa.

En concreto, las abogadas señalan que el agente de la Guardia Civil no declaró como testigo, ya que ni siquiera se le advierte de esta condición al juicio, y, por lo tanto, la condena no puede basarse en una prueba de una persona que no estaba obligada a decir la verdad. Además, explican que la declaración de este agente no fue contundente, en tanto que se limitó a expresar su estado de ánimo y no los hechos que ocurrieron.

Sobre las pruebas con las que se condena a Pasqual Mollà, en el recurso se detalla que no se puede inferir de ellas ninguna ofensa al agente, como demuestra también el vídeo aportado, pues lo único que queda demostrado es que afirmó “Estoy yo que podría ser tú padre por la edad”.

Respecto a Ignasi Candela, la jueza hace una traducción errónea de las palabras que pronuncia sobre el agente y que se ven en el vídeo aportado, pues ha entendido que decía “poli perro”, cuando lo que dice textualmente es que es un “porigós”, un adjetivo que significa miedoso en castellano y que, como indica la jurisprudencia, no es un insulto.

A la vez, se recorre la sentencia porque no se valoran los informes de la Policía local en los que se indica que la concentración, que tuvo lugar el 8 de junio de 2012, transcurrió con normalidad. También porque sólo se admitió un testigo de los diez propuestos y porque la prueba exculpatoria, que es el vídeo de Telecrevillent donde se ve que no hubo ningún tipo de violencia ni falta al agente, no ha sido tenido en cuenta, a pesar de que el mismo cámara asegura que podía ver todo lo que ocurría dentro del vestíbulo de la entidad bancaria.

En este sentido, la abogada y diputada de Compromís Mònica Oltra ha indicado que “queda demostrado que en ningún caso se rompe el principio de presunción de inocencia con que cuentan los acusados” y ha añadido que “es increíble que los únicos que paguen por los abusos de la banca sean las personas que, actuando dentro de los márgenes de la ley, deciden protestar contra esta estafa”.



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