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jueves, 20 de noviembre de 2014

El ayuntamiento estudiará la nueva ley de comunicaciones para articular una nueva ordenanza

En la Comisión Municipal de Urbanismo celebrada ayer martes, el Alcalde César Augusto Asencio ha informado de la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana,  que anula la Ordenanza Municipal Reguladora  de  antenas de telefonía móvil , que aprobó el Ayuntamiento en enero de 2012. La derogación, según ha explicado la primera autoridad se produce por la falta de un informe del Ministerio de Fomento  que justificara esta ordenanza. 

Cuando se aprobó la ordenanza, indica Asencio, todos los grupos políticos eran conscientes de que se estaba regulando la instalación de las antenas pudiendo ello invadir competencias del Estado. “Así lo hicieron también otros ayuntamientos, porque si se consultaba al Estado su informe era que las  ordenanzas no podía controlar ni regular aspectos técnicos que dependían del Ministerio” añade Asencio , quien matiza que de haber pedido el informe, ello hubiera impedido aprobar la ordenanza que tanto vecinos como grupos políticos querían se llevara adelante, añadiendo que “lo que se hizo en su día fue aprovechar ciertos resquicios interpretativos en la ley para aprobar una ordenanza, sabiendo que el Ministerio no estaba de acuerdo con ese tipo de regulaciones y hubiera informado en contra de haberle pedido el informe “ .

Según el Alcalde el Ayuntamiento utilizó como título legal su capacidad municipal para regular las antenas, en lugar de reconocer la competencia legal del estado para regular las telecomunicaciones, en cuyo caso habría que haber solicitado el informe.
La primera autoridad señala que la ordenanza ha estado regulando desde 2012 la instalación de antenas en el municipio y ha servido para dificultar y retrasar la aprobación de determinadas peticiones de antenas,   que es lo que demandaba la ciudadanía. Asencio detalla también,  que antes de anular la ordenanza, por parte de varias empresas de telefonía llevaron a los tribunales su clausulado y estaban en suspenso algunas de las limitaciones.
El Alcalde indica que la anulación de la ordenanza no ha producido ningún daño,  porque el marco legal de telecomunicaciones ha cambiado también en este tiempo y la nueva legislación  anula las ordenanzas municipales, como la de Crevillent, con o sin informes del Ministerio. La Ley General de Comunicaciones  de mayo de 2014 deroga las anteriores leyes de 1998 y  2003 y deja claras las competencias del Estado , restringiendo  las competencias de los ayuntamiento  en esta materia y  dejando claro qué aspectos puede regular o no los consistorios. “Al margen de la sentencia que anula la ordenanza municipal, ésta queda derogada por la propia ley de este mismo año , así que el resultado es el mismo . Habría que hacer una nueva ordenanza en relación a la nueva legislación que hay en estos momentos “.
Finalmente César Augusto Asencio ha señalado que desde el Ayuntamiento se va a estudiar la nueva Ley de Comunicaciones,  y en su caso articular una nueva ordenanza,  y dentro de los límites que establece, regular determinados aspectos que mejoren su aplicación,  aunque ahora los ayuntamientos con la nueva legislación van a tener menos margen para aplicar medidas regulatorias en el campo de las telecomunicaciones.

 Ayuntamiento

martes, 18 de noviembre de 2014

PP: no es de extrañar la derogación de la ordenanza municipal de antenas porque colisiona con competencias nacionales

El Portavoz Adjunto del PP Manuel Moya ha afirmado que no es buena noticia la derogación de la Ordenanza Municipal Reguladora  de las antenas de telefonía móvil de Crevillent, en ejecución de sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana.

El pasado martes 11 de noviembre, se convocó la Comisión Informativa de Urbanismo, que se reunirá hoy martes para dictaminar la derogación de la Ordenanza.

La citada ordenanza reguladora de la instalación y funcionamiento de infraestructuras radioeléctricas, se aprobó el 30 de enero de  2012, tras una intensa y larga elaboración  del articulado, con colaboración de entidades vecinales, asociaciones y grupos municipales.

Moya indica que la participación de todos fue el acicate para su aprobación y recordaba que había muchas dudas en algunas propuestas que se incluyeron.   “  Sabíamos que entraban en colisión con las competencias atribuidas a la Administración  General del Estado, por lo que no es compresible que ahora, el portavoz de Compromís, se extrañe del resultado de las sentencias, sobretodo sabiendo que en el Pleno de 25 de junio de 2013 se suspendió la aplicación de los artículos 11 b) y 14, en cumplimiento del auto del TSJCV”. En dichos artículos, la Ordenanza establecía una limitación de la potencia a un máximo de o,1 micro W/cm2 y una zona de exclusión al tránsito o estancia continuada de personas  en un área situada en la base de las antenas y, al mismo tiempo, se establecían distintos criterios de ubicación de las antenas en los edificios o conjuntos protegidos.


Por otro lado, el Portavoz Adjunto del PP explica que las sentencias confirman lo que dice la nueva Ley General de Telecomunicaciones, 9/2014, de 9 de mayo, que deroga las anteriores leyes y disposiciones que se opongan a esta ley. “Por lo que si no lo hubiese derogado el TSJCV, estaría derogada la Ordenanza por la entrada en vigor de la nueva Ley de Telecomunicaciones”. Finalmente Moya señala que habrá que estudiar a fondo esta nueva ley para comprobar si es conveniente elaborar una nueva Ordenanza,  ya que se aclaran muchos aspectos en los que había dudas y que se incluyeron en la Ordenanza, restringiendo o limitando competencias del Estado. “No hay descontrol como quiere hacer ver el Sr. Penalva de Compromís , pues está en vigor la Ley General de Telecomunicación y el Plan General de Crevillent y, al igual que en otros Ayuntamientos, los tribunales fallan con sentencias en contra de las Ordenanzas de Telecomunicaciones que invadían competencias estatales”.

PP

domingo, 12 de octubre de 2014

PSOE celebra la sentencia del TSJ de anular el copago de Fabra a mayores y discapacitados

Se ha conocido la Sentencia que anula el Decreto del Gobierno Valenciano del PP en el que se establecía el copago de servicios en residencias y centros de día de la Comunidad Valenciana. Dicho Decreto, aprobado por el Gobierno del PP en Agosto del año pasado, obligaba a los niños y mayores que acudían a residencias y Centros de Día a  pagar por dichos servicios.

Este Decreto, aprobado por el Gobierno del PP, fue recurrido por las Asociaciones de Padres y Madres de usuarios de Centros de Día, y rechazado por el Partido Socialista tanto en las Cortes Valencianas con la presentación de varias iniciativas legislativas, como a nivel local, presentando Moción contra este copago en los Ayuntamientos.

Siendo finalmente la Justicia la que ha puesto en su lugar a los dirigentes del PP de la Comunidad, poniendo fin al maltrato sistemático, que en este caso el gobierno del PP ha infringido a los dependientes valencianos afectados por este copago.

Por todo ello los Socialistas crevillentinos estamos muy satisfechos con esta noticia y queremos felicitar en primer lugar a todas las familias y a las Plataformas de Dependencia y Discapacidad de la Comunidad Valenciana, por haber conseguido paralizar este Decreto del PP injusto e insolidario.

También desde el Partido Socialista de Crevillent queremos informar del trabajo realizado durante todo este año contra esta injusta decisión del PP. Para rechazar este Copago ruin y miserable, el Grupo Municipal Socialista presentó en el Pleno Municipal del mes de Octubre del año pasado una Moción para impedir que dicho Copago afectara al centro de Día Virgen de los Desamparados  y a las Residencias de Mayores la Purísima y la del Castillo que dan este servicio en Crevillent.

En dicha Moción el Grupo Municipal Socialista instó al PP de Crevillent a que votara por la eliminación de dicho Copago a los Crevillentinos que acudían a los centros anteriormente mencionados. En el caso de Crevillent, el Partido Socialista demostró que muchos niños del Centro de Día Virgen de los Desamparados no podían hacer frente con su pensión a dicho copago que el PP les había impuesto.

Pero una vez más encontramos el rechazo del Gobierno del PP de Crevillent, con el Alcalde César Augusto a la cabeza, apoyando de manera servil a sus jefes del Partido en Valencia, oponiéndose a las prestaciones sociales que correspondían a sus vecinos en Crevillent
Queremos recordar como en dicho Pleno Municipal, el Alcalde César Augusto Asencio y los concejales del PP se emplearon a fondo en defensa del copago a los discapacitados de Crevillent y en contra de la Moción del PSOE. Mintiendo sin  reparo ante un gran número de padres y madres afectados que llenaban el Salón de Plenos, atreviéndose a decir “que existían discapacitados que cobraban más de 17.000€ y valoró positivamente la medida del copago”. Finalmente el Alcalde de Crevillent Don César Augusto Asencio y los concejales del Partido Popular, con su mayoría absoluta, rechazaron la Moción presentada por el Grupo Municipal Socialista que solicitaba la retirada del copago. Tras dicha votación en el pleno un grupo de padres y madres indignados por la falta de sensibilidad del Alcalde y sus concejales remitieron un escrito con firmas para definir la actuación del Partido Popular en el Pleno como injusta e insolidaria.

 ¿Qué van a decir ahora los representantes del PP en Crevillent? cuando la Justicia les ha devuelto la dignidad a estos discapacitados, vecinos de Crevillent, dignidad que les había arrebatado el Gobierno del PP con su Decreto miserable.


Añadir que un grupo de madres y padres afectados entregaron una carta al Grupo Municipal Socialista con la intención de que se hiciese una lectura pública en el siguiente Pleno. En esta carta explicaban su indignación por la decisión del copago y por el apoyo sin fisuras que desde el PP y la alcaldía de Crevillent se daba a este Copago injusto. ¿Cual fue la reacción de la Concejala Juana Guirao? llamar al orden a la Dirección del Centro donde acudían los niños así como a determinados padres y madres, intentando una vez justificar las decisiones injustas del gobierno del PP. Reuniéndose incluso con varios padres y madres a los que mintió otra vez al alegar que el copago era a nivel nacional y que nada se podía hacer.

Pero el Tribunal Superior de Justicia ha dejado en evidencia las palabras de la Sra Guirao, que mentía a sabiendas, al intentar hacer creer a los padres que  el Copago era en todo el territorio nacional, cuando era un Decreto del Sr. Fabra.


Finalmente el Secretario General de los socialistas de Crevillent Javier Asensio insta al Alcalde y a todos los concejales del PP a que valoren positivamente la Sentencia y expliquen al pueblo de Crevillent el motivo por el cual trabajaron con tanto ardor a favor de dicho copago. Solicitamos que la Sra. Guirao que con tanto entusiasmo trabajó a favor del copago a los crevillentinos afectados, trabaje inmediatamente para que la sentencia que deroga dicho copago se aplique íntegramente en Crevillent .

PSOE

martes, 23 de septiembre de 2014

La alcaldía de Crevillent responde al ex-interventor Urruticoechea

El Sr. Urruticoechea, tiene abierto actualmente un nuevo expediente disciplinario por haber incumplido sus obligaciones en el trabajo, por su bajo rendimiento y por su abuso de autoridad, expediente que ha sido informado favorablemente por todos los representantes de los empleados y de los sindicatos, en el Comité de Empresa del Ayuntamiento. En venganza de todo ello y para deslegitimar ese nuevo expediente disciplinario, porque el primero caducó, no lo ganó el Sr. Urruticoechea. El Sr. Urruticoechea dice que ha estado perseguido en el Ayuntamiento porque estaba destapando ilegalidades, inventándose como ya hizo contra el alcalde de Castro Urdiales, tramas o casos de corrupción, que denunció y que no han prosperado porque todo se lo han archivado o desestimado al Sr. Urruticoechea, queriendo justificar su escasa asistencia al trabajo y su retraso en los expedientes en depresiones mentales causadas según él, por el acoso del alcalde, concejales, y funcionarios.

Acoso laboral que hasta en tres procedimientos judiciales distintos con sentencias en primera instancia y luego en apelación, se rechazó contundentemente por los tribunales que existiera, y en uno de cuyos procedimientos reclamaba para él 226.000 € al Ayuntamiento.

También el Sr. Urruticoechea, acusó el 17 de abril de 2009 en una rueda de prensa a los jueces y fiscales de Cantabria de ser colaboradores en la sombra de los corruptos, por no darle a él la razón en los procedimientos judiciales que irresponsablemente puso en marcha.

Según el Alcalde, este Sr. tiene un grave problema psicológico que le lleva a deformar la realidad, al percibir los hechos de una forma obsesiva y distorsionada. Además ha afirmado que abusa de su condición de Interventor para dar una aparente credibilidad y gravedad a sus denuncias, actuando de mala fe contra alcaldes, funcionarios y empresas, utilizando información reservada que tiene como funcionario, y que dado el fallido resultado de sus denuncias, debería ello dar lugar a un procedimiento de oficio para inhabilitarlo de la Función Pública, algo muy difícil porque la actual normativa estatal se ha dictado durante años en beneficio de este grupo corporativo.

El último caso ha sido el auto de 27 de julio de este año en donde el Sr. Urruticoechea había denunciado en 2008 por prevaricación al Alcalde, a los concejales de la Junta de Gobierno y a la Secretaria Municipal, por haber ejecutado una obra sin expediente de contratación, pues bien, después de seis años, el juez de Instrucción nº 2 de Castro Urdiales ha dictado un auto de archivo de la causa destacando su resolución, que el Sr.Urruticoechea no se había estudiado todo el expediente y que hizo la denuncia desconociendo elementos esenciales, pues en esa obra no era necesario el expediente de contratación.

Para terminar, el Alcalde ha dicho que todas esas “presuntas irregularidades o corrupciones”, que no afirma ni asegura con certeza el Sr. Urruticoechea, pues ello le podría hacer responsable de un delito de injurias y calumnias, son otras fantasías más de su imaginario obsesivo, que en caso de que fuesen ciertas, él sería el primer responsable de ellas porque desde el 27 de abril de 2009 en que se incorporó a Crevillent, hasta marzo de este año en que se trasladó a Orihuela, no advirtió nada ni hizo informe alguno sobre esos temas ahora tan graves, y que eran muy anteriores a su llegada, como la contratación de Abornasa en 1997, la prórroga de Aquagest en 2002, la nave de SELESA en 2003, El Pinar en 2007, expedientes que tenía a su disposición y que con su firma lo conformó todo, los pagos a Abornasa durante más de tres años, las tarifas de agua de Aquagest y las liquidaciones de cuentas, en El Pinar y la nave de SELESA llegó a contratar él mismo a la Consultora Garrigues con 20.880 € para que le ayudasen a contabilizar y actualizar la situación patrimonial de los convenios y que por cierto, ninguno de esos estudios dice que El Pinar o la nave de SELESA sean ilegales. 

Es más, todos los actos que dice que pueden ser ilegales, están informados favorablemente por los técnicos superiores del Ayuntamiento en todos los casos, entre ellos por el propio Sr. Urruticoechea, salvo a partir de mitad del año 2012 debido al caos en su gestión y las constantes ausencias en el trabajo, lo que llevó al Alcalde a exigirle el cumplimiento del horario y sus deberes, momento a partir del cual arbitrariamente comenzó a cambiar sus informes, echando un pulso al Ayuntamiento intentando bloquearlo con sus reparos de legalidad. Retrasó el pago de subvenciones a las entidades crevillentinas, de los convenios, a los proveedores, incluso casi consiguió el corte de luz en Crevillent porque se negaba a dar la conformidad a las facturas que había firmado siempre él.

Sus reparos e informes fueron contestados por los demás técnicos y jurídicos municipales, de acuerdo con los informes de los Servicios Jurídicos de la Diputación Provincial y de la Sindicatura de Cuentas.

PP

jueves, 10 de julio de 2014

Compromís reitera su solidaridad con Ignasi Candela y Pascual Mollá en lo que es un intento de acallar las protestas

El próximo martes día 15 se repetirá el juicio contra los miembros de Compromis que participaron en la protesta contra los abusos bancarios, después de que la audiencia provincial aceptara el recurso de la defensa y declarara nulo el juicio anterior por considerar que estaba contaminado.

En este caso serán juzgados Ignasi Candela y Pascual Molla, ya que anteriormente ya fueron absueltos los otros dos denunciados Juan Bautista Poveda y David Quesada, que fueron enjuiciados por los mismos motivos.

El portavoz de Compromís Jose Manuel Penalva recuerda que ya en su día denunciamos que la protesta frente a la sucursal de Bankia en la Avda. de Madrid  se desarrollo con absoluta normalidad y sin incidente alguno por lo que la acusación de faltas contra la autoridad carecía de fundamento.

Añade Penalva que toda esta historia responde a la política del Gobierno de perseguir y silenciar a los ciudadanos que protestan y exigen  públicamente que se busque a los responsables de saquear las entidades bancarias que han tenido que ser saneadas con dinero público; calificando falsamente de violentas unas protestas sin incidentes y vulnerando de esta manera el derecho constitucional de manifestación.

Añade penalva que es increíble que los únicos que sean perseguidos y paguen por los abusos de la banca sean las personas que, actuando dentro de la ley, deciden protestar contra estas estafas, que han provocado que muchos ciudadanos de Crevillent esten en una situación de indefensión y desamparo ante la actuación de las entidades financieras de las cuales algunas operan en  nuestra localidad.

Muchos crevillentinos  han sido víctimas de la actitud y forma de trabajo de las entidades financieras, basada generalmente, en la mentira y el engaño (comercialización de obligaciones, preferentes, hipotecas, etc.) productos tóxicos de todo tipo que han hecho perder parte de los ahorros, hasta el 70 %   en la mayoría de los casos. Situación ésta que ha  llevando a la ruina a muchísimas familias.

Hay quienes desde puestos de poder quieren hacernos callar pero no lo van a conseguir por que  desde Compromís seguiremos diciendo lo mismo. Lo que ha pasado en estos últimos años no ha sido una crisis, sino una estafa en toda regla. Y querer hacernos callar es el verdadero objeto de este juicio que tiene previsto celebrarse el próximo martes 15 de julio y por ello este colectivo, al igual que sucedió el año pasado, acompañaremos a nuestros compañeros en su asistencia al juzgado nº 2 de Elche, ya que apoyándolos también estamos defendiendo las libertades democráticas y los derechos fundamentales que tenemos cada uno.

Compromís

viernes, 6 de junio de 2014

ACPV denuncia el centre de salut de Crevillent

Arran d’una denúncia del servei jurídic d’Acció Cultural del País Valencià (ACPV) declaren com a imputats davant el jutjat d’instrucció número 5 d’Elx un metge i una zeladora del centre de salut de Crevillent per denegar l’assistència mèdica a un pacient perquè parlava valencià.

La discriminació lingüística és un delicte que pot comportar penes de presó de sis mesos a dos anys, multa de dotze a vint-i-quatre mesos i inhabilitació especial per a treball o càrrec públic.

Acció cultural insta al govern valencià a garantir el dret dels valencians a usar la seua llengua 

L’Audiència Provincial d’Alacant va ordenar al Jutjat d’Instrucció d’Elx admetre i investigar la denúncia per delicte formulada per un veí de Crevillent contra el metge i la zeladora de guàrdia que el dia 6 de gener de 2013 varen denegar-li l’assistència mèdica per l’únic motiu de parlar valencià.

El pacient, amb símptomes de grip i febre alta es va dirigir al seu centre de salut i va ser rebut per un vigilant de seguretat, el qual va introduir les seues dades al sistema i li va fer passar a la sala de consulta del metge de guàrdia. Una vegada davant del facultatiu i quan va començar a explicar-li el que li passava, el metge li va dir que no l’entenia, que per què no parlava castellà. Aleshores, el pacient va preguntar si hi havia cap altre facultatiu que el pogués entendre i el metge li va dir que no, que només estava ell i que no entenia el valencià, donant per finalitzada la consulta. L’usuari aleshores demanà un full de reclamacions i el metge li va dir “venga conmigo” i el va acompanyar a recepció on va demanar a la zeladora un full de queixes per al denunciant “porque hablaba valenciano”. El full li va ser entregat per la zeladora mentre li deia “Ay qué gracia, que quiere que le atiendan en valenciano”... anant-se tant la zeladora com el metge acte seguit i quedant-se el pacient a soles i desatès en la recepció de l’ambulatori fins que a la vista de que ningú li prestava el més mínim servei o atenció, se’n va anar. 

El Jutjat d’Elx rebé la denuncia i acordà no admetre-la a tràmit. La inadmissió es va recórrer en apel·lació a l’Audiència d’Alacant i aquesta, ha estimat que, en efecte, “sí concorre l’element objectiu, que és la negativa a prestar al denunciant assistència mèdica pel fet d’utilitzar la llengua valenciana al dirigir-se al doctor denunciat, raó per la qual ha existit una discriminació lingüística no acceptable pel que disposa l’Estatut d’Autonomia i la Llei d’Ús i Ensenyament del Valencià conforme s’ha exposat, en una ciutat com Crevillent, on segons l’article 35 de l’esmentada llei és territori de predomini valencianoparlant, que ha produït una efectiva lesió en el seu dret a l’ús de la llengua valenciana i a la prestació del servei mèdic, per la qual cosa, en conseqüència, s’imposa que s’admeta a tràmit la denúncia i es practiquen les diligències sol·licitades pel denunciant i les que es consideren pertinents amb llibertat de criteri”.

La declaració com a imputats per delicte de discriminació del metge i de la zeladora va tenir lloc el passat divendres 23 de maig i tot i negar parcialment els fets, sí que varen reconèixer demanar-li al pacient que parlés castellà, al·legant no entendre el valencià i no practicar-li cap examen o exploració mèdica.

La instrucció de la causa continua i queden diligències d’investigació per practicar abans de concloure la investigació i passar a la fase de judici oral. El pacient discriminat està exercint l’acusació particular assistit per l’advocada d’Acció Cultural del País Valencià, Mercè Teodoro.

Acció Cultural insta al president Fabra i al Govern valencià a garantir el dret de tots els valencians a usar la seua llengua sense patir discriminacions, i més encara tractant-se de qüestions referides a la salut. Perquè, tal com aquest cas tornar a posar novament en evidència, eixe dret no està garantit en absolut.

En aquest sentit, Acció Cultural, que té una llarga trajectòria de treball en favor dels drets lingüístics dels valencians, anima els valencians i valencianes que puguen ser víctimes de casos de discriminació lingüística a reclamar respecte als seus drets i, si és el cas, presentar la corresponent denúncia. El Servei Jurídic de la nostra entitat és l’instrument al servei de la protecció dels drets lingüístics, i està obert a consultes per part de qualsevol ciutadà.

Casal Jaume I

martes, 6 de mayo de 2014

Vuelven a aplazar el juicio contra los miembros de Compromís que se manifestaron contra la preferentes en Bankia

el juicio a los cuatro participantes en la concentración ante la sede de Bancaja (Bankia) de Crevillent para protestar contra los abusos de las entidades bancarias ha sido aplazado nuevamente, en este caso porque uno de los guardias civiles denunciantes no puede acudir por padecer un esguince en el tobillo.

El juicio que ahora se aplaza tiene sus orígenes en la concentración realizada por Compromís el 8 de junio de 2012 en la que llevaron a cabo una protesta pacífica, y previamente autorizada, ante la sede de Bankia en Crevillent para denunciar los excesos cometidos por las entidades financieras.

Por este mismo asunto ya se celebró juicio  el 17 de julio de 2013 en la ciudad de la justicia de Elche, y después de que se dictara la sentencia, que condenaba a dos de los miembros de la coalición, Ignasi Candela y Pascual Mollá, las abogadas la recurrieron porque consideraron que no se habían observado las garantías procesales esenciales de los acusados y, además, no se habían tenido en cuenta las pruebas que los exculpaban, siendo declarado nulo el juicio por una nueva sentencia de la Audiencia Provincial de Alicante.

En estos momentos además de la suspensión del juicio hay pendiente de resolver un nuevo recurso a la Audiencia Provincialen que  se pide que se mantenga la absolución a los otros dos procesados Juan Bautista Poveda y David Quesada, que también habían sido citados al juicio que se ha suspendido hoy.

Compromís realizo la concentración que ha motivado estos juicios, ante la situación de indefensión y desamparo de los ciudadanos por la actuación de los Bancos. Muchos crevillentinos/as hemos sido víctimas de la actitud y forma de trabajo de las entidades financieras basada, generalmente, en la mentira y el engaño. Nos referimos a la comercialización de obligaciones, preferentes, hipotecas, etc. productos tóxicos de todo tipo que han hecho perder los ahorros y llevado a la ruina a muchísimas familias.

Compromís recuerda que ya en su día denunciamos que esta acusación carecía de fundamento y responde a la política del Gobierno de perseguir y silenciar a los ciudadanos que protestan y exigen  públicamente que se busque a los responsables de saquear las entidades bancarias que han tenido que ser saneadas con dinero público; calificando falsamente de violentas unas protestas sin incidentes y vulnerando de esta manera el derecho constitucional de manifestación, resulta increíble que los únicos que sean perseguidos y paguen por los abusos de la banca sean las personas que, actuando dentro de los márgenes de la ley, y deciden protestar contra estas estafas.

Compromís

lunes, 31 de marzo de 2014

EUPV-ERPV reconeix la denúncia davant Fiscalia Anticorrupció contra César Augusto Asencio

Davant la informació apareguda a Eldiario.es:  
(http://www.eldiario.es/politica/Denuncian-Anticorrupcion-irregularidades-ayuntamiento-alicantino_0_243575906.html ) 

Es vol per part d’EUPV-ERPV reconèixer la presentació de la denúncia a la fiscalia en els termes que descriu la notícia.

Per altra banda, la coalició d’esquerres vol manifestar que no es faran declaracions per part del grup municipal fins que esta denúncia siga acceptada a tràmit, quan es farà l’oportuna roda de premsa. Aquesta decisió està presa degut a la gravetat i volum de la denúncia, com per respecte al treball de la Fiscalia Anticorrupció.

EUPV-ERPV reconoce la denuncia ante Fiscalía Anticorrupción contra César Augusto Asencio 

Ante la información aparecida en Eldiario.es:
(http://www.eldiario.es/politica/Denuncian-Anticorrupcion-irregularidades-ayuntamiento-alicantino_0_243575906.html )

Se quiere por parte de EUPV-ERPV reconocer la presentación de la denuncia en fiscalía en los términos descritos en la noticia. 

Por otro lado, la coalición de izquierdas quiere manifestar que no se harán declaraciones por parte del grupo municipal hasta que esta denuncia no sea aceptada a trámite, cuando se hará la oportuna rueda de prensa. Esta decisión se ha tomado debido a la gravedad y volumen de la denuncia, como por respeto al trabajo de la Fiscalía Anticorrupción.




Grup Municipal l’Esquerra: EUPV-ERPV

miércoles, 5 de marzo de 2014

El Ayuntamiento reivindica en el juzgado la parcela dudosa del R-10 como municipal

La Junta Local de Gobierno acuerda acudir al juzgado para reivindicar como municipal  la parcela dudosa del R-10  del Pinar.

Por el pleno en fecha 25 de junio de 2013 se tomó acuerdo en ejecución de  sentencia dictada por el Juzgado Contencioso-Administrativo nº 1 de Elche y recaída en el recurso interpuesto por dos mercantiles, contra el acuerdo del pleno de 28 de abril de 2008 por el que se aprobó el proyecto de reparcelación del Sector R-10 del Pinar, que se anuló parcialmente, declarando que la superficie en discusión de 39.687,60 m2 atribuida al Ayuntamiento es de titularidad dudosa.

El Ayuntamiento sigue manteniendo la titularidad de otra parcela urbana edificable de 14.411 m2 gracias a la reparcelación .

El fallo de la sentencia citada declaró la incompetencia del orden jurisdiccional contencioso-administrativo para la atribución de la propiedad en el ámbito del desarrollo urbanístico, habiéndose de someter la defensa de la titularidad del Monte Público Municipal en la porción o parcela de terreno discutida al orden de los tribunales civiles ordinarios. Por ello se tomó acuerdo calificando la finca inicial de 39.687,60 m2 de titularidad dudosa, requiriendo el Ayuntamiento al abogado para que iniciase el estudio en orden a la interposición de una demanda civil ante los tribunales ordinarios en defensa del patrimonio municipal .

La controversia jurídica está en que la Agrupación de Interés Urbanístico del R-10 propuso la reparcelación del sector en base a las certificaciones del Registro de la Propiedad, adjudicando esos 39.687,60 m2 a los dos propietarios que reclamaron después, oponiéndose el Ayuntamiento y adjudicándose la parcela para sí mismo al considerar la documentación histórica catastral anterior a 1973 y el deslinde de Monte Público denominado Sierra Bajas y Lomas que se impulsó durante los años 70 del siglo pasado, todo ello anterior a la inscripción registral de los reclamantes , que adquirieron la finca con un exceso de cabida declarada por el propietario anterior.

Por contra, según el alcalde , los propietarios reclamantes alegaron que el deslinde de Monte Público nunca llegó a aprobarse, aunque  el Ayuntamiento sí que inscribió en el Registro de la Propiedad el citado Monte Público en esa zona con una superficie que incorpora la medición en la parcela discutida.


Visto el informe elaborado por el letrado y el preceptivo de la Secretaria General, la Junta de Gobierno ha adoptado el acuerdo de ejercitar las acciones judiciales reales para la defensa del patrimonio municipal constituido por la finca de 39.687,60 m2, que forma parte del monte de utilidad pública denominado “Sierra Baja y Lomas”, calificada de titularidad dudosa , designando letrado y procurador para la interposición de la demanda.

Ayuntamiento

jueves, 20 de febrero de 2014

L'Audiència d'Alacant considera que els fets poden incorrer en delicte de discriminació

Els serveis jurídics d’Acció Cultural del País Valencià, en representació de Jesús Alfonso i Prieto, veí de Crevillent, van presentar recurs d’apel·lació contra la interlocutòria d’arxiu de data 18/07/12 del Jutjat d’Instrucció núm. 5 d’Elx (el Baix Vinalopó), per la qual s’acordava arxivar la denúncia presentada contra el metge que es va negar a atendre el pacient per parlar valencià.

Els fets van ocórrer el 6 de gener de 2012 sobre les 15:45 hores, quan Jesús Alfonso i Prieto, un pacient que va acudir al servei d'urgències del Centre de Salut de Crevillent (el Baix Vinalopó), no va ser atés pel metge de guàrdia, per l’únic “motiu” de parlar en valencià. Així, el pacient va acudir a les urgències del centre afectat per febre alta i malestar general, però el facultatiu, es va negar a atendre'l perquè deia que no l’entenia. El denunciant preguntà si hi havia algun altre facultatiu que el pogués atendre, però li van dir que en aquell centre només hi havia un metge. Tot seguit va demanar el full de queixes per no poder expressar-se en la llengua oficial del País Valencià a l'administració pública i no haver estat atès en aquest centre de salut. Això va fer que el personal de guàrdia que hi havia fes comentaris sarcàstics.

L’afectat va posar el cas en mans del servei jurídic d'ACPV, els quals, presentaren denúncia penal contra els implicats per denegació d'un servei bàsic per raons de discriminació lingüística. 

El Jutjat d'Instrucció número cinc d'Elx, però, va dictar, amb data 18/07/2012, una interlocutòria pel qual no s'admetia la denúncia efectuada per la representació de Jesús Alfonso i Prieto.  El Jutjat entenia que els fets no tenien rellevància penal i que en cap cas podrien ser constitutius de delicte.

Contra la dita resolució, però, es va interposar recurs d’apel·lació, que ara ha estat estimat per l’Audiència Provincial d’Alacant, Secció Setena amb seu a Elx. Aquesta Sala obliga al Jutjat a admetre la denúncia perquè considera que la conducta dels denunciats (el facultatiu i la resta del personal present) es pot encabir en l'article 511 del Codi Penal, el qual estableix que  incorrerà en la pena de presó de sis mesos a dos anys i multa de dotze a vint-i-quatre mesos i inhabilitació especial per a ocupació o càrrec públic per temps d'un a tres anys, el particular encarregat d'un servici públic que denegue a una persona una prestació a què tinga dret per raó de la seua ideologia, religió o creences, la seua pertinença a una ètnia o raça, el seu origen nacional, el seu sexe, orientació sexual, situació familiar, malaltia o minusvalidesa.

La Sala comença recordant quin és l’estatut jurídic del valencià com a llengua pròpia i oficial, i el que això implica segons l’Estatut i la Llei d’Ús: “Se ha de comenzar por recordar que el artículo 6.1 del Estatuto de la Comunidad Valenciana dispone que la lengua propia de la Comunidad Velenciana es el valenciano. Que éste, es el idioma oficial de la Comunidad al igual que el castellano y que todos tienen derecho a conocerlo y a usarlo ( art. 6.2) y que, nadie podrá ser discriminado por razón de su lengua (art. 6 .4).Por otro lado, y en el mismo sentido, la Lley 4/1983 d´ús i ensenyament del Valencià de 23 de noviembre, en el artículo 2 dispone que la lengua propia de la Comunidad Valencia es el valenciano, que éste, es el oficial de la Comunidad al igual que el castellano y que todos tienen derecho aconocerlo y a usarlo; en el artículo 4 se establece que en ningún caso nadie podrá ser discriminado por el hecho de usar cualquiera de las dos lenguas”

I conclou valorant que, d’acord amb aquesta consideració jurídica, estima errònia la interpretació de la Jutgessa instructora ja que “al contrario de lo que establece la Magistrada- Juez instructora que si concurre el elemento objetivo, cual es la negativa a prestar al denunciante asistencia médica por el hecho de utilizar la lengua valenciana al dirigirse al doctor denunciado , por lo que, ha existido una discriminación lingüistica no aceptable por lo dispuesto en el Estatuto de Autonomía y la Ley d´us i ensenyament del Valencià conforme anteriormente se ha expuesto, en una ciudad como es Crevillent que según el artículo 35 de dicha Ley es territorio predominantemente valenciano-parlante, que ha producido una efectiva lesión en su derecho al uso de la lengua valenciana y a la prestación del servicio médico, por lo que, en consecuencia, se impone que se admita a trámite la denuncia practicando las diligencias solicitadas por el denunciante y que se consideren pertinentes con libertad de criterio”

Mercè Teodoro, la responsable del Servei Jurídic d’ACPV, considera aquesta resolució un pas molt important en el reconeixement dels drets lingüístics dels ciutadans, i explica que a partir d’ara el Jutjat d’Elx haurà de dur a terme les actuacions d’instrucció necessàries per a la comprovació dels fets, començant per la declaració com a imputat del facultatiu denunciat, els testimonis i el denunciant. Així mateix, la Junta Directiva d’ACPV es felicita de la resolució i anima els ciutadans a continuar denunciant i exigint els seus drets, especialment quan la discriminació afecta serveis públics essencials com ara la salut o l’ensenyament.


Casal Jaume I

viernes, 20 de diciembre de 2013

Justicia declara nulo el juicio contra los miembros de Compromís que se manifestaron por las preferentes en Crevillent

la Audiencia Provincial de Alicante ha declarado nulo el juicio del Juzgado de Instrucción número 2 de Elx por el cual se condenó a dos miembros de Compromís, Pasqual Mollà e Ignasi Candela, por manifestarse contra los abusos bancarios ante una sede de Bankia de Crevillent.


El juicio tuvo lugar el pasado 17 de julio en la Ciudad de la Justicia de Elx contra cuatro miembros de Compromís que el 8 de junio de 2012 llevaron a cabo una protesta pacífica, y previamente autorizada, ante una sede de Bankia para denunciar los excesos cometidos por esta entidad financiera.

El portavoz de Compromís Jose Manuel Penalva recuerda que ya en su día denunciamos que esta acusación carecía de fundamento y responde a la política del Gobierno de perseguir y silenciar a los ciudadanos que protestan y exigen  públicamente que se busque a los responsables de saquear las entidades bancarias que han tenido que ser saneadas con dinero público; calificando falsamente de violentas unas protestas sin incidentes y vulnerando de esta manera el derecho constitucional de manifestación, añade Penalva que es increíble que los únicos que sean perseguidos y paguen por los abusos de la banca sean las personas que, actuando dentro de los márgenes de la ley, y deciden protestar contra estas estafas .

Después de que se dictara la sentencia, que condenaba a dos de los miembros de la coalición, las abogadas la recurrieron porque consideraron que no se habían garantizado las garantías procesales esenciales de los acusados y, además, no se habían tenido en cuenta las pruebas que los exculpaban.

Ahora, la sección Séptima de la Audiencia Provincial ha dado la razón a los miembros de Compromís y anula íntegramente el juicio, determinando que los acusados tienen derecho a un nuevo juicio justo e imparcial. En concreto, se considera que el hecho de que la juez fuera la misma persona que instruyó las diligencias previas y rechazó el recurso por el cual se pedía el sobreseimiento del caso condicionaba su sentencia sobre el juicio, al considerarla contaminada por la fase de instrucción. Ante este hecho, la sección Séptima no entra en el resto de cuestiones que se planteaban en el recurso.

En este sentido, la abogada y diputada de Compromís Mònica Oltra ha señalado que “celebramos que la justicia nos haya dado la razón y reconozca que no se tuvieron en cuenta las garantías procesales de los acusados en un juicio donde, además, las pruebas demostraban que los acusados no habían cometido ninguna ilegalidad y en ningún caso la acusación consiguió enervar el principio de presunción de inocencia” y ha añadido que “en todo caso, era increíble que los únicos que fueran a pagar por los abusos de la banca fueran unas personas que protestaron contra la estafa de las preferentes en una concentración democrática y pacífica protegida por la Constitución y las leyes”.

Compromís

jueves, 3 de octubre de 2013

El Ayuntamiento recibe un fallo favorable y no pagará canon de vertidos de la línea industrial del año 2009

El Ayuntamiento de Crevillent ha recibido un fallo favorable del Tribunal Económico Administrativo de Murcia que anula el pago del canon de vertidos del año 2009 de la Estación Depuradora de Residuos  , línea industrial que cuyo importe ascendía a 46.545,29 €, que reclamaba la Confederación Hidrográfica del Segura.

El Ayuntamiento alegó que en la liquidación practicada por la Confederación no se había tenido en cuenta que no había existido vertido a cauce, puesto que las aguas son reutilizadas para riego por la Sociedad  Santa Berta del Pino, de acuerdo con la concesión de aguas residuales. Por tanto, al ser reutilizadas estas aguas para riego agrícola complementario no había existo vertido de la línea industrial a cauce así  que el canon debía ser anulado.

Por otra parte, con posterioridad a la presentación de la reclamación económica administrativa, se dictó una sentencia del año 2012 de la sala 3ª del Tribunal Supremo que declaraba ilegal el apartado B del artículo 292 del reglamento del dominio público hidráulico que había sido aplicado en el caso del Ayuntamiento de Crevillent en la liquidación impugnada, por lo que el Tribunal Económico Administrativo estimó la reclamación municipal, anulando la liquidación perteneciente al canon de vertidos de la línea industrial del año 2009.


La concejal de Medio Ambiente Gema Gálvez, ha señalado que el Ayuntamiento de Crevillent expresa su satisfacción ante este fallo estimatorio favorable , ya que deja anulado el canon de vertidos, por lo que el consistorio no tendrá que pagar por el momento los 46.545,29 €.

Ayuntamiento

viernes, 2 de agosto de 2013

Los miembros de Compromís condenados por la protesta en Bankia recurrirán

Las abogadas de los miembros de Compromís condenados por protestar ante una sede de Bankia en Crevillent han presentado un recurso de apelación contra la sentencia porque consideran que no se han tenido en cuenta las pruebas que exculpaban a los acusados y, además, tampoco se han respetado las garantías procesales de estas personas.

De los cuatro miembros que fueron juzgados el pasado 17 de julio en la Ciudad de la Justicia de Elx La jueza absuelve a Juan Bautista Poveda Coves y a David Quesada Asencio y declara culpables a Pasqual Mollà e Ignasi Candela. Pero la defensa pide que los dos sean absueltos, dado que el juicio no se ha llevado a cabo con todas las garantías, que ha habido error en la apreciación de las pruebas y se han denegado pruebas de defensa.

En concreto, las abogadas señalan que el agente de la Guardia Civil no declaró como testigo, ya que ni siquiera se le advierte de esta condición al juicio, y, por lo tanto, la condena no puede basarse en una prueba de una persona que no estaba obligada a decir la verdad. Además, explican que la declaración de este agente no fue contundente, en tanto que se limitó a expresar su estado de ánimo y no los hechos que ocurrieron.

Sobre las pruebas con las que se condena a Pasqual Mollà, en el recurso se detalla que no se puede inferir de ellas ninguna ofensa al agente, como demuestra también el vídeo aportado, pues lo único que queda demostrado es que afirmó “Estoy yo que podría ser tú padre por la edad”.

Respecto a Ignasi Candela, la jueza hace una traducción errónea de las palabras que pronuncia sobre el agente y que se ven en el vídeo aportado, pues ha entendido que decía “poli perro”, cuando lo que dice textualmente es que es un “porigós”, un adjetivo que significa miedoso en castellano y que, como indica la jurisprudencia, no es un insulto.

A la vez, se recorre la sentencia porque no se valoran los informes de la Policía local en los que se indica que la concentración, que tuvo lugar el 8 de junio de 2012, transcurrió con normalidad. También porque sólo se admitió un testigo de los diez propuestos y porque la prueba exculpatoria, que es el vídeo de Telecrevillent donde se ve que no hubo ningún tipo de violencia ni falta al agente, no ha sido tenido en cuenta, a pesar de que el mismo cámara asegura que podía ver todo lo que ocurría dentro del vestíbulo de la entidad bancaria.

En este sentido, la abogada y diputada de Compromís Mònica Oltra ha indicado que “queda demostrado que en ningún caso se rompe el principio de presunción de inocencia con que cuentan los acusados” y ha añadido que “es increíble que los únicos que paguen por los abusos de la banca sean las personas que, actuando dentro de los márgenes de la ley, deciden protestar contra esta estafa”.



jueves, 11 de julio de 2013

Els máxims dirigents de Compromís donen suport als crevillents enjudiciats per la protesta a Bankia

Els màxims dirigents de Compromís donen el seu suport públicament als quatre crevillentins que van participar en la concentració contra els abusos bancaris i que seran enjudiciats dimecres dia 17.

La direcció de Compromís per mitjà dels seus diputats més representatius es suma a la campanya de suport ciutadà contra el que consideren un atac a la llibertat de manifestació.

El Síndic de Compromís, Enric Morera, s'ha pronunciat sobre la gran estafa a la ciutadania que han suposat les preferents i altres productes que s'han col·locat sense cap ordre ni regulació. A més, denuncia que en aquests moments en comptes de perseguir als corruptes i defraudadors, es persegueix a aquells que denuncien aquests abusos i transmet el seu suport i el de tota l'organització als ciutadans que per aquest motiu van a ser portats a judici.

 La diputada Mireia Mollà manifesta que els participants en aquesta concentració que van a ser jutjats representen la veu de la raó davant l'estafa de les pràctiques abusives dels bancs.

En el mateix sentit la diputada Mònica Oltra, que forma part al costat de l'advocada crevillentina, Gemma Mellado, de la defensa jurídica dels encausats, ha manifestat que les entitats bancàries per mitjà d'aquests productes han estafat a milers de persones que en la majoria dels casos no sabien les característiques dels productes que estaven contractant. Açò ha suposat que persones majors, pensionistes, discapacitats i xicotets estalviadors hagen vist com han desaparegut els seus estalvis de tota la vida. Quan des de Compromís ens hem mobilitzat per açò, han enviat a la policia, s'ha denunciat a la gent i ara volen criminalitzar a aquells que estan lluitant contra la injustícia.

 Mònica Oltra insisteix que en un estat de dret com el nostre, la protesta democràtica i pacífica és un dret per a lluitar contra allò que no és just, és un dret per a lluitar contra les estafes que han fet que moltes persones vegen com els han robat els seus estalvis. Precisament, en aqueixos estalvis, tenien dipositades les seues esperances de futur després d'una vida d'estalvi i sacrifici. Pel que Mònica Oltra ha assegurat que en aquest judici van a defensar a aquells que han alçat la veu pels més vulnerables, per aquells que han sigut enganyats, i pel dret a manifestar-se i protestar contra la injustícia.

viernes, 28 de junio de 2013

Compromís apoya a los cuatros integrantes del partido que serán juzgados por manifestarse en Bancaja

Reunida la Asamblea de Compromís per Crevillent el día 27 de junio se aprobó por unanimidad la siguiente resolución:

La asamblea local de Compromís muestra su solidaridad y apoyo a los compañeros Bautista Poveda, Aitana Mas, Ignasi Candela, Javier Quesada y Pascual Mollá, que han sido expedientados por la Subdelegación del Gobierno y serán sometidos a juicio el próximo 17 de Julio  de forma injusta por participar ante la sede de Bancaja en una concentración  legal y pacifica contra los abusos y la estafa que están sufriendo  miles de Crevillentinos/as por parte de los Bancos y Cajas de Ahorros.

Compromís per Crevillent  denuncia estos abusos que se vienen realizando por parte de las entidades bancarias con el apoyo y la complicidad del  Gobierno del PP ya que muchas de ellas están siendo rescatadas con dinero publico de todos los ciudadanos y sin embargo desde el gobierno se les permite continuar actuando de forma impune con practicas abusivas contra la mayoría de la población. Cobrando desorbitadas comisiones  de todo tipo: hasta 200 €  anuales  por “ mantenimiento de cuentas “ , comisiones de 0,50 € por apunte, comisiones de gestión y comisiones de descubierto en cuentas de hasta el  28%.

La asamblea Local de Compromís ante la tiranía de los mercados y la estafa económica y democrática que suponen estas actuaciones hace un llamamiento a todos los crevillentinos a participar en los actos de apoyo y solidaridad con los encausados y a denunciar y oponerse a las practicas abusivas de los bancos y manifiesta que aquellos que pretenden silenciarnosNO NOS HARAN CALLAR


Compromís

miércoles, 6 de febrero de 2013

El juicio a cuatro participantes de la concentración de Compromís en Bankia aplazado pendiente de archivación

El juicio que se tenia que celebrar hoy día 6 por supuesta alteración del orden publico a 4 compañeros por por haber participado en una concentración el pasado 8 de junio, ante la sede de Bankia sita en la Avda. de Madrid de Crevillent, manifestación que fue convocada por COMPROMÍS, con la finalidad de protestar contra los activos tóxicos y los excesos cometidos por esta entidad financiera y otras entidades bancarias en general ha sido suspendido y aplazado.

La suspensión se ha producido al estar pendiente por parte de la Audiencia Provincial la resolución sobre el recurso solicitando el archivo del procedimiento que en principio había sido denegado por el juzgado de Elche, y que este martes ha sido tramitado por la representación jurídica de los acusados a esta instancia provincial, debido a que las pruebas que obran en el procedimiento a su juicio son suficientes para su archivo. Y ello por la existencia de dos versiones contradictorias, hecho que según la reiterada doctrina jurisprudencial no desvirtúa el principio de presunción de inocencia y ha de conllevar necesariamente a la libre absolución de los imputados.


sábado, 2 de febrero de 2013

Compromís califica de 'persecución injusta' la imputación de cuatro de sus compañeros por una protesta en Bankia


El próximo miércoles, día 6 de febrero, está previsto que se celebre el juicio por una supuesta alteración del orden público, que le ha sido imputada a cuatro compañeros, únicamente por haber participado en una concentración el pasado 8 de junio, ante la sede de Bankia en Crevillent. Manifestación que fue convocada por COMPROMÍS, con la finalidad de protestar contra los activos tóxicos y los excesos cometidos por esta entidad financiera y otras entidades bancarias. Esta concentración fue aprobada por la Subdelegación del Gobierno.

Los compañeros Ignasi Candela, David Quesada, Pascual Mollá y Juan Bautista Poveda han sido imputados en una concentración pacífica y sin incidentes.

COMPROMÍS considera que esta acusación carece de fundamento y responde a la política del Gobierno de perseguir y silenciar a los ciudadanos que protestan y no tienen apuros en pedir públicamente que se busque a los responsables de saquear las entidades bancarias que han tenido que ser saneadas con dinero público; calificando falsamente de violentas unas protestas sin incidentes y vulnerando de esta manera el derecho constitucional de manifestación.

La representación jurídica de los acusados ha presentado un recurso de reforma solicitando el archivo del procedimiento debido a que las pruebas que obran en el procedimiento a su juicio son suficientes para su archivo. Ya que hay dos versiones contradictorias, hecho que según la reiterada doctrina jurisprudencial no desvirtúa el principio de presunción de inocencia y ha de conllevar necesariamente a la libre absolución de los imputados.

COMPROMÍS quiere hacer público que por los mismos hechos existe también un procedimiento sancionador abierto ante la Subdelegación del Gobierno, expediente que nuestra representación jurídica ha conseguido suspender, hasta que finalice el procedimiento penal. El expediente pretende sancionar a estos cuatro compañeros, pero además la Subdelegación pretende sancionar a nuestra concejala Aitana Joana Mas Mas, únicamente por haber realizado la gestión administrativa, por la que la misma Subdelegación autorizó la Concentración.

Para COMPROMÍS habida cuenta de la existencia de sendos procedimientos abiertos por un único hecho, nos lleva a afirmar que se trata de una persecución injusta e inaceptable a todos aquellos ciudadanos que no se ajustan a los parámetros que marca el actual ejecutivo, que contrasta con la pasividad y el silencio permanente ante los excesos de la banca, corrupciones, reparto de sobres y amnistías fiscales a medida, etc.

Desde COMPROMÍS hacemos un llamamiento de apoyo y solidaridad a estos compañeros imputados que como otros miles de ciudadanos están sufriendo una  persecución, únicamente por denunciar los abusos y las injusticias que desde este gobierno y sus protegidos se están cometiendo contra los ciudadanos en todos los ámbitos sociales y económicos.



Ayuntamiento